Funciones

En cada Facultad habrá una Unidad de Proyeción Social(UPS), la que deberá contar con los recursos
humanos, financieros, infraestructura, mobiliario y equipo para el cumplimiento de la
función académica de proyección social.


Atribuciones de la UPS:
a) Elaborar, coordinar, ejecutar, supervisar y dar seguimiento a los planes de trabajo,
programas, proyectos y actividades de proyección social en cumplimiento a la
política y lineamientos de PS que apruebe el CSU y la JD;
DIARIO OFICIAL Tomo No 38744
b) Gestionar ante las SUPS la colaboración con docentes, investigadores y
estudiantes de las Facultades, requerida por la SPS para atender peticiones de
apoyo de las comunidades o de entidades;
c) Mantener registros actualizados de estudiantes aptos para realizar servicio social,
emitidos por la administración académica local, y remitirlos a la SPS
semestralmente;
d) Mantener actualizado el listado de la planta docente disponible para brindar la
respectiva tutoría a estudiantes que realicen su Servicio social, u otra actividad de
PS, emitidos por la SUPS y remitirlos a la SPS semestralmente;
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e) Nombrar de la planta docente a los/las tutores/as propuestos por las SUPS de
Escuela, Departamento, o Unidad Académica para que desarrollen las tutorías y
supervisen dentro y fuera de la UES a los estudiantes que realicen la PS en
general y el servicio social en particular, tomando en cuenta la solicitud de un
tutor/a especifico, realizada por el estudiante;
f) Facilitar la interacción entre docentes y estudiantes de su Facultad con los de otras
Facultades que ejecuten actividades de proyección social;
g) Gestionar la colaboración solicitada por la SPS para dar cumplimiento a la
ejecución de convenios, cartas de entendimiento y proyectos relacionados con la
PS de su Facultad con entidades nacionales e internacionales;
h) Brindar la colaboración que sea solicitada por parte de la SPS, para aunar
esfuerzos en respuesta a demandas de atención que presenten comunidades,
entidades públicas o privadas, que sean pertinentes con el campo de acción de su
Facultad y de acuerdo a los fines de la UES;
Colaborar con las SUPS para la formulación de Proyectos de proyección social y
 velar porque las Escuelas, Departamentos, Carreras y Unidades Académicas
 participantes, los ejecuten dentro del marco normativo y administrativo
correspondiente;
j) Certificar las constancias de cumplimiento de servicio social y de cualquier otra
  actividad de proyección social que realicen estudiantes y docentes de su Facultad;
i)
k) Informar semestralmente a la JD, SPS y al CAPS los resultados y avances de las
diferentes formas de proyección social;
l)
Elaborar y proponer a JD para su aprobación el manual de procedimientos para el
servicio social, así como cualquier otro instructivo necesario para normar,
administrar, ejecutar y dar seguimiento a las acciones de la PS de cada Facultad;
en un plazo de 30 días máximo a partir de la vigencia del presente reglamento;
m) Evaluar e informar semestralmente a la JD y a la SPS sobre las acciones de PS
que realizan las SUPS y plantear las recomendaciones necesarias para su
mejoramiento;
DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 10 de Junio de 2010.
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n) Difundir en coordinación con la SPS las actividades de PS que se realizan en su
Facultad;
o) Cumplir con las demás atribuciones y deberes que le confiere la legislación
universitaria; y
p) Presentar a la JD el listado de los/as tutores/as para servicio social, la cual
aprobará equilibrando racionalmente la carga académica;
En las Facultades en donde no existan las SUPS, sus atribuciones pasarán a la UPS.